diciembre 22, 2024

En tal caso, la cesantía debería pagarse en 6 cuotas mensuales

El presidente de la Confederación Nacional de Unidad SindicalRafael Abreu (Pepe), hace un par de días dijo públicamente que el tema de la cesantía no será tocado en la reforma del Código Laboral.

No entiendo con qué criterio este señor, de avanzada edad y quien me merece respeto, sale con tal vaguedad, cuando realmente él sabe muy bien que la cesantía es el tema fundamental de dicha Reforma debido a los problemas de liquidez y solvencia que causa en la mayoría de las empresas, además de los litigios, embargos y costos jurídicos.

El Gobierno lo que ha dicho es que,  aunque aún no hay acuerdo definitivo al respecto, se propone depositar dentro de 10 días en el Congreso Nacional el Proyecto de Reforma al Código de Trabajo con algunos puntos que ha logrado consensuar en los sectores empleador y sindical, para que éstos y los demás puntos sean conocidos por los legisladores, quienes han expresado que decidirán de manera clara y sensata en beneficio de la sociedad.

La mayoría de los empleados no se ha dado cuenta aún de que el esquema actual de la cesantía frena los aumentos salariales, ya que el último sueldo de un empleado es el que se toma como base de cálculo, razón por lo cual los patronos nunca van a querer incrementarlo.

La cesantía cumplía un objetivo porque no teníamos la Ley de Tesorería de Seguridad Social (TSS), la cual ahora le suministra a los trabajadores beneficios de Seguro Familiar de Salud, Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia y Seguro de Riesgo Laboral.  Además, este esquema de TSS, y no el de cesantía, es el que se implementa en los países desarrollados y en vías de desarrollo.

Le cuesta al patrono pagar el 7.10% mensual del sueldo del empleado, lo cual va en adición a la cesantía y demás costos laborales (doble sueldo, vacaciones, preaviso, Infotep, etc.).

A la mayoría de las empresas les resulta insostenible pagar TSS y cesantía.

Ahora bien, como el sindicalista Pepe Abreuha reiterado que la cesantía no debe eliminarse porque es la manera de que un empleado, cuando es despedido, pueda mantenerse durante unos seis meses en lo que consigue otro trabajo, entonces no debe oponerse que al patrono se le apruebe la opción de poder pagar esa cesantía en 6 cuotas mensuales iguales y consecutivas.

De esta manera no habría motivo de litigios ni oportunidad para  esos “abogaditos” que les ofrecen miseria a los empleados para comprarles los litigios, boicoteando así las conciliaciones para crear acciones y embargos temerarios.

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